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Comunicado de UGT

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Mensaje  A. Montesinos Mar 5 Feb 2008 - 8:51

Próximamente se va a cumplir un año desde que se tuvo conocimiento de la famosa Sentencia del Tribunal Supremo sobre la anulación del artículo 42, relativo a las horas extras del Convenio Colectivo del Sector de Seguridad Privada. Desde entonces, hasta la fecha, han sucedido muchas cosas de interés que nos sirven para comprender como puede ir entendiéndose la incierta situación actual del sector. En su momento, ya comentamos los movimientos que se propiciaron por las patronales para buscar una solución negociada del problema. Desde UGT, entonces, entendíamos que era difícil llegar a un acuerdo en las condiciones económicas insuficientes y de intercambio indecente que las empresas proponían para solucionar el tema, sobre todo cuando estaban (y están) en marcha una buena cantidad de demandas de cantidad sin resolver y, además, estaban pendientes en la Audiencia Nacional dos conflictos colectivos que habían propiciado las propias patronales.
Hace muy poco que hemos tenido conocimiento de la resolución de los conflictos colectivos de la Audiencia Nacional. Recordemos que en uno de estos conflictos colectivos, APROSER, la patronal más importante, cuestionaba el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores. Pretendían desde esta patronal que la Audiencia Nacional se pronunciara de forma más clara sobre la fórmula de cálculo del valor de la hora extra, es decir, para ellos la sentencia del Supremo no despeja cuáles son los conceptos salariales con los que hay que contar para hallar el valor de la hora extra y buscaban un pronunciamiento legal más claro. La Audiencia Nacional ha dictado ahora una sentencia que, para nosotros no deja ni mucho menos clara la situación, pero que para la patronal, esta sentencia deja muy claras las cosas. Según esta patronal, ahora para calcular el valor de la hora, no hay que contar con muchos de los conceptos salariales que estaban en duda y, por lo tanto, se les presenta una salida al problema muy favorable a sus intereses futuros y que, además, deja sin razón de ser a la mayoría de las demandas de cantidad interpuestas por los trabajadores y que están pendientes de resolver en los juzgados de primera instancia.
El otro conflicto colectivo interpuesto por las otras patronales buscaba la nulidad del convenio colectivo. Según estos, el vigente convenio había perdido su equilibrio, ya que la anulación del artículo de las horas extras rompía totalmente con las intenciones económicas generales pactadas en el convenio. La Audiencia ha desestimado la pretensión de anulación del convenio por inadecuación del procedimiento. Lo más probable es que estas patronales pequeñas recurran ante el Tribunal Supremo esta sentencia que les ha salido negativa.
En UGT hemos recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia que, de forma poco clara, parece dar la razón a la patronal APROSER sobre el nuevo módulo de cálculo del valor de la hora extra. Hay muchas razones para cuestionar la sentencia pero, la más evidente, es que las conclusiones de ésta no parecen tener nada que ver con lo que en su día falló el Tribunal Supremo y además, para nosotros, esta sentencia es contradictoria, confusa y da tratamiento a una serie de temas que estaban fuera del caso discutido.
Como se puede comprobar, el escenario del conflicto no ha cambiado mucho. Tal y como ya veníamos avisando, la situación, para lo bueno y para lo malo, está en manos de los jueces y, lo más probable, es que hasta dentro de un largo plazo de tiempo, no sabremos como se va a solucionar finalmente este tema en los juzgados.
Parece seguro que, viendo como se están desarrollando las cosas en los juzgados, esta nueva sentencia afectará negativamente a los procesos de demandas en marcha. Los jueces no están siendo muy receptivos con la totalidad de las pretensiones de las reclamaciones de cantidad. Muchos juzgados estaban sentenciando sin tener en cuenta los cálculos de cantidades que se defendían de nuestra parte. Otros muchos juzgados han estado usando maniobras dilatorias y aplazando la vista de los juicios, a la espera de la resolución de los conflictos colectivos. Ahora estos juzgados van a contar con el elemento que les faltaba para deshacerse de un tema que, en principio, les ofrecía dudas y les suponía un aluvión inesperado de complicaciones y de trabajo.
En UGT, aunque desde el principio hemos hecho esfuerzos extras por favorecer las reclamaciones y, a su vez, para propiciar un acuerdo de solución definitivo y ventajoso para los intereses de los trabajadores de seguridad, nunca hemos sido muy optimistas con esta situación. En vista de los hechos, tal y como ya preveíamos, la solución todavía sigue estando en manos de los jueces y esto está originando una demora de la solución del problema, demora que va a resultar muy inconveniente y que, además, con toda seguridad, va ha afectar de forma grave a la próxima negociación del convenio colectivo.
Como veréis, en estas condiciones, es difícil averiguar cuál va a ser el próximo valor del precio de la hora extra. Hay muchos rumores de que las empresas van a empezar a pagar a partir de febrero la hora extra a unos valores muy superiores a los que venían pagando. También alguna empresa ha enviado un comunicado a sus trabajadores diciendo que van a pagar la hora según la Sentencia del Supremo (lo más probables es que, si lo hacen, lo harán según su propia interpretación de la Sentencia).
En UGT no tenemos conocimiento de que se haya abonado a nadie la hora extra a un valor superior al previsto. Si hay alguien que pueda desmentirnos y que pueda demostrar que se están abonando las horas extras en un valor superior, en sitios donde hasta entonces no se había pagado así, le agradeceríamos que nos lo hiciera saber para que nosotros podamos usar este hecho a los efectos que procedan.
Se está escuchando también que algunas empresas importantes van a empezar a pagar la hora extra a cada trabajador con una tarifa distinta, es decir, que a la hora del cálculo de lo que corresponda por hora extra a cada trabajador individualmente, se tendrán en cuenta su antigüedad, los pluses que ellos decidan y los complementos salariales que se den en cada puesto de trabajo. Esta opción es la que para nosotros, aunque no nos guste, nos ofrece más credibilidad, ya que se ajusta de forma aproximada a lo que se pretende en la Sentencia del Supremo.
Sabemos que la patronal esta pensando, por su cuenta, en buscar una solución inmediata sobre el pago de las horas extras en los próximos meses. Esta solución seguramente que se compondrá en base a sus propios cálculos de hora. Sea cual sea la solución que vayan a proponer las empresas, ésta será siempre provisional; no puede ser de otra forma ya que todavía están pendientes los recursos al Tribunal Supremo y las resoluciones de las demandas de cantidad de los juzgados de primera instancia.
Como se puede comprobar, no es fácil saber como va a quedar la situación. La negociación sigue estando limitada y la voluntad de los empresarios sigue siendo la de dilatar el máximo los plazos y evitar que las muchas demandas de cantidad de los años pasados prosperen con éxito. En estas condiciones, no es posible hacer un cálculo aproximado sobre como va a quedar el valor final de la hora extra para el año 2008.

Publicado por CE.SSEPTV-(UGT.Fes)


Saludos,
A. Montesinos
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